07 Nov Editorial de Iglesia en Plasencia: ‘Vano’
Vano es algo falto de realidad, sustancia o entidad. Que dicho de un fruto de cáscara es que tiene la semilla o sustancia interior seca o podrida. Es decepcionante realizar el esfuerzo de abrir una almendra o un cacahuete para descubrir que está vano. Aplicado a la religión este adjetivo se utiliza para describir el segundo mandamiento de la ley de Dios. Tomar el nombre de Dios en vano significa utilizar su nombre incorrectamente o sin la debida reverencia. Es un modo de determinar la blasfemia.
Antes de Jesucristo, y dentro de la cultura semita del pueblo judío, el nombre de Dios poseía gran valor. La blasfemia era uno de los pecados más graves. Conocer el nombre de alguien suponía entrar en gran intimidad con él. El mal uso del nombre manifestaba un gran desprecio. Por eso, el mandamiento que invita a un uso adecuado de la relación cercana con la divinidad ocupa el segundo lugar dentro del decálogo.
Nombrar a Dios adecuadamente sigue siendo una prioridad para los cristianos. “Santificado sea Tu nombre” es una de las peticiones dirigidas al Padre del cielo que Jesús incluye en la oración que enseña a sus discípulos. Una invocación que en perspectiva va más allá del simple uso del nombre divino y que incluye todo lo relacionado con Él. El cristiano, al rezar el Padre Nuestro, se compromete a salvaguardar la santidad de Dios en todos los ámbitos. El pecado de blasfemia no consiste sólo en el hablar, implica también el mal uso de los objetos y las celebraciones dedicadas al que es tres veces Santo.
Ordinariamente, a nivel eclesial no se usa el nombre de Dios en vano. Aunque podríamos reflexionar si todas las acciones y celebraciones que realizamos para honrar a Dios tienen un fruto adecuado o son vanas porque la sustancia que debieran ofrecer no es la adecuada. Se debe analizar si el fruto que se consigue con una actividad pastoral está en sintonía con la santidad de Dios o esa actividad la podríamos calificar como vana. Es arriesgado ponderar una actividad eclesial en términos mercantilistas. Pero, la realización reiterada de actividades que no ofrecen el fruto oportuno, ¿no puede ser considerado como blasfemia o uso de lo sagrado en vano?