{"id":5046,"date":"2018-03-23T09:31:00","date_gmt":"2018-03-23T08:31:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.diocesisplasencia.org\/w\/?p=5046"},"modified":"2018-03-23T09:31:00","modified_gmt":"2018-03-23T08:31:00","slug":"el-tribunal-supremo-obliga-a-incluir-la-asignatura-religin-en-2-de-bachillerato-en-extremadura","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/el-tribunal-supremo-obliga-a-incluir-la-asignatura-religin-en-2-de-bachillerato-en-extremadura\/","title":{"rendered":"El Tribunal Supremo obliga a incluir la asignatura Religi\u00f3n en 2\u00ba de Bachillerato en Extremadura"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.abc.es\/sociedad\/abci-tribunal-supremo-obliga-incluir-asignatura-religion-2-bachillerato-extremadura-201803232044_noticia.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">abc.es 23-03-18<\/a><\/p>\n<p>El Tribunal Supremo obliga a incluir la <a href=\"http:\/\/www.abc.es\/espana\/comunidad-valenciana\/abci-valenciano-rechaza-suspender-decreto-reduce-mitad-ensenanza-religion-primaria-201709191848_noticia.html\">asignatura Religi\u00f3n <\/a>en 2\u00ba de Bachillerato, mientras que sobre la reducci\u00f3n horaria que hizo la Junta de Extremadura de esta materia en 1\u00ba de ESO y 1\u00ba de Bachillerato sostiene que \u00abno requiere una carga horaria determinada, sino la necesaria para su ense\u00f1anza adecuada\u00bb.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p><p>La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias de fechas 20 y 21 de marzo resolviendo los recursos de casaci\u00f3n pressentados por la Junta de Extremadura contra las tres sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) de enero de 2017. <\/p>\n<p>Las sentencias hacen un recorrido legislativo del reconocimiento de esta asignatura por un tratado internacional y por diversas leyes estatales \u00ab<strong>reconociendo su obligatoria oferta en todos los niveles de la educaci\u00f3n<\/strong>\u00bb. <\/p>\n<p>As\u00ed se ha puesto de manifiesto en una rueda de prensa en Badajoz en la que el abogado Francisco Lamoneda, el delegado episcopal para la Educaci\u00f3n de la Archidi\u00f3cesis M\u00e9rida-Badajoz, <strong>Manolo Garc\u00eda<\/strong>, y el secretario general del Arzobispado,<strong> Carlos Torres<\/strong>, han dado a conocer su parecer ante el contenido de ambas sentencias, en relaci\u00f3n a las cuales han se\u00f1alado que \u00ablos obispos de Extremadura hacen un llamamiento al di\u00e1logo con la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n de la Junta\u00bb. <\/p>\n<h5>Contenido de la sentencia<\/h5>\n<p>En su intervenci\u00f3n, Francisco Lamoneda ha recordado que cuando sali\u00f3 el Decreto 98\/2016 los obispados extreme\u00f1os presentaron un recurso contencioso administrativo ante el TSJEx y que tambi\u00e9n interpusieron recursos distintos \u00ab<strong>por separado pero con los mismos argumentos<\/strong>\u00bb la Asociaci\u00f3n de padres de la escuela p\u00fablica y la Asociaci\u00f3n de profesores de Religi\u00f3n dict\u00e1ndose tres sentencias \u00abfavorables\u00bb a las tesis que \u00absosten\u00edan los obispados\u00bb. <\/p>\n<p>Ha explicado que son tres los recursos que plante\u00f3 la Junta frente a las tres sentencias del TSJEx y ha concretado que tienen dos de las sentencias y que \u00abvan las dos pr\u00e1cticamente con id\u00e9nticos argumentos\u00bb, a la vez que ha se\u00f1alado que \u00abhabr\u00eda que hacer\u00bb dos valoraciones distintas, una a \u00ab<strong>nivel de lo que se implica en Extremadura<\/strong>\u00bb y otra sobre lo que implica en el conjunto de Espa\u00f1a. <\/p>\n<p>En el caso de la valoraci\u00f3n en Extremadura, ha recordado que hab\u00eda dos asuntos en litigio, la reducci\u00f3n que hab\u00eda hecho el Ejecutivo extreme\u00f1o de una hora de la asignatura Religi\u00f3n en 1\u00ba de la ESO y en 1\u00ba de Bachillerato, y la no existencia por parte del Decreto de la Junta de esta misma asignatura en 2\u00ba de Bachillerato. <\/p>\n<p>Respecto a la reducci\u00f3n de la Junta, ha destacado, el Supremo \u00abentiende que dicha reducci\u00f3n no es ilegal y no es discriminatoria\u00bb dado que \u00bbdice que en realidad no podemos valorar en criterios cuantitativos este aspecto, sino en un criterio que introduce novedoso en toda la jurisprudencia que va a marcar esta expresi\u00f3n, que es que siempre que cumpla con el desarrollo adecuado de la ense\u00f1anza\u00bb. <\/p>\n<p>\u00abLo que viene a decir el Tribunal es que lo importante no es si son dos, tres o una hora, sino si con eso se puede desarrollar adecuadamente la ense\u00f1anza de la asignatura\u00bb, ha indicado, al tiempo que ha incidido respecto a la asignatura en 2\u00ba de Bachillerato que \u00ab<strong>obliga como ya hizo<\/strong>\u00bb el TSJEx \u00aba que tenga que ofertarse necesariamente\u00bb. <\/p>\n<h5>\u00abRefuerzo\u00bb<\/h5>\n<p>A nivel de Espa\u00f1a, el letrado ha considerado que esta sentencia es \u00abmuy importante\u00bb porque \u00abrefuerza la asignatura de Religi\u00f3n, la consolida, hay que ofertarla en todos los cursos de la ense\u00f1anza\u00bb y \u00abhace un desarrollo legislativo de su reconocimiento en el Tratado internacional hasta en el resto de leyes estatales\u00bb. <\/p>\n<p>\u00abEn el fundamento de derecho octavo de la sentencia es donde se recoge al final la jurisprudencia que sienta el Tribunal Supremo\u00bb, ha detallado, para matizar que la misma dice que \u00abla asignatura de Religi\u00f3n no requiere una carga horaria determinada, sino la necesaria para que su ense\u00f1anza sea adecuada\u00bb y que \u00abadem\u00e1s deja claro y bien sentado\u00bb que en 2\u00ba de Bachillerato \u00abse tiene que ofertar tambi\u00e9n siempre esta asignatura\u00bb. <\/p>\n<p>A este respecto, Francisco Lamoneda se ha preguntado a qui\u00e9n \u00ab<strong>corresponde determinar<\/strong>\u00bb si una carga horaria implica que se pueda desarrollar \u00abadecuadamente\u00bb la asignatura y ha replicado que \u00abpor ley corresponde en el caso de la asignatura de Religi\u00f3n Cat\u00f3lica\u00bb a la Iglesia y a los obispos \u00abpor imperativo\u00bb de la disposici\u00f3n adicional segunda de la LOE y la disposici\u00f3n adicional tercera del Real Decreto 1.105\/14. <\/p>\n<p>\u00abComo corresponde a los obispos determinar si se tiene tiempo suficiente para el desarrollo adecuado de la asignatura, yo creo que lo que hace el Tribunal Supremo es invitar a que se tengan que sentar administraci\u00f3n educativa, en este caso Junta de Extremadura, con los se\u00f1ores obispos y adecuar la carga horaria que se quiere atribuir y si esta permite el desarrollo adecuado o no de la asignatura\u00bb, ha hecho hincapi\u00e9. <\/p>\n<p>Ante ello, ha continuado, los tres obispados extreme\u00f1os junto con el de Toledo \u00ablo que s\u00ed quieren hacer es un llamamiento al di\u00e1logo con la administraci\u00f3n para ponerse de acuerdo\u00bb y evitar \u00abpleitos futuros que, desde luego, no son de agrado de nadie\u00bb sino que son \u00abm\u00e1s bien del desagrado de todos\u00bb que se vean \u00abinmiscuidos en tribunales para solventar algo a lo que parece que el Tribunal Supremo precisamente invita que se haga\u00bb. <\/p>\n<p>\u00abQue uno determine la carga horaria que pretende poner, establecer, administraci\u00f3n educativa, y que los obispos digan si es adecuada o no para el desarrollo de la asignatura, y si no que cierren una carga en concreto de consenso y de mutuo acuerdo\u00bb, ha apuntillado Lamoneda, que ha detallado que \u00bbfaltar\u00eda por resolver\u00ab el recurso relativo a la Asociaci\u00f3n de Profesores de Religi\u00f3n pero que \u00abya hay dos sentencias\u00ab y el Supremo \u00abno puede dictar otra cosa diferente respecto a la doctrina jurisprudencial\u00ab. <\/p>\n<h5>La Religi\u00f3n \u00abno es un problema\u00bb<\/h5>\n<p>Por su parte, Manolo Garc\u00eda ha defendido que a dicha sentencia se ha llegado \u00absin querer\u00bb desde el Arzobispado, cuya \u00abidea nunca ha sido tener que llegar a tribunales por estos temas\u00bb, y ha afirmado que \u00abpuede dar la impresi\u00f3n\u00bb de que la clase de Religi\u00f3n en Extremadura \u00abes un problema\u00bb cuando \u00abno\u00bb lo es. <\/p>\n<p>As\u00ed, ha dicho que en Extremadura un 90 por ciento de los ni\u00f1os en Primaria y m\u00e1s de un 70 por ciento en Secundaria elige la clase de Religi\u00f3n, cuyos profesores est\u00e1n \u00abintegrados en los centros con total normalidad\u00bb, a la vez que ha reiterado que tienen \u00abel brazo tendido\u00bb y que la sentencia del Supremo \u00abinvita al di\u00e1logo, a seguir dialogando y a que esto deje de ser un tema de actualidad\u00bb. <\/p>\n<p>Sobre la carga horaria de Religi\u00f3n, Garc\u00eda ha expuesto que \u00abcomo est\u00e1 ahora ser\u00eda una cuesti\u00f3n razonable\u00bb, pero que deben ver \u00abc\u00f3mo se desarrollan los acontecimientos\u00bb y \u00abc\u00f3mo sigue todo esto hacia adelante\u00bb, ante lo cual ha confiado que la Junta sea \u00absensible a esta realidad: los chavales, los padres tienen derecho a elegir esta asignatura y que se desarrolle como dice esta sentencia con una dignidad, como otra asignatura cualquiera\u00bb. <\/p>\n<p>Acerca de dicha carga horaria ha detallado que se trata de una hora semanal en Infantil; en los tres primeros cursos de Primaria dos horas y en el segundo ciclo de Primaria una hora; una hora en 1\u00ba de ESO, dos horas en 2\u00ba de ESO, una hora en 3\u00ba de ESO, una hora en 4\u00ba de ESO; dos horas en 1\u00ba de Bachillerato y una hora en 2\u00ba de Bachillerato. <\/p>\n<p>Por \u00faltimo, Manolo Garc\u00eda ha asegurado que \u00abinmediatamente\u00bb el Arzobispado M\u00e9rida-Badajoz va a dar \u00abel paso\u00bb para hablar sobre este asunto con la Junta, acerca de lo cual ha asegurado que la relaci\u00f3n entre la di\u00f3cesis y el Ejecutivo extreme\u00f1o \u00bbno es mala para nada\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>abc.es 23-03-18 El Tribunal Supremo obliga a incluir la asignatura Religi\u00f3n en 2\u00ba de Bachillerato, mientras que sobre la reducci\u00f3n horaria que hizo la Junta de Extremadura de esta materia en 1\u00ba de ESO y 1\u00ba de Bachillerato sostiene que \u00abno requiere una carga horaria&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5046"}],"collection":[{"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5046"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5046\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5046"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5046"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diocesisplasencia.org\/hemeroteca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5046"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}