23 Mar El Supremo avala a Extremadura en la rebaja de horas de Religión pero obliga a ponerla en 2º de Bachillerato
El Tribunal Supremo ha dado por buena, por un lado, la reducción de la carga horaria de la Religión realizada por la Junta de Extremadura en 1º de la ESO y 1º de Bachillerato. Y, por otro, ha determinado que el Gobierno autonómico deberá volver a incluir esta asignatura en 2º de Bachillerato.
El salomónico fallo sella la controversia que venía produciéndose desde que la Lomce, en 2013, cambió el estatus que tenía esta materia dándole un carácter académico (cuenta para la nota media y para pedir becas), pero, al mismo tiempo, dejando al albur de los gobiernos autonómicos la determinación de su carga lectiva.
Extremadura fue una de las administraciones gobernadas por el PSOE que redujo de dos horas a una semanal el contenido de la Religión, lo que provocó el recurso de los obispos y de asociaciones de padres. El Tribunal Superior de Justicia les dio la razón y anuló el decreto autonómico, pero ahora el Supremo revoca parcialmente esa decisión.
En dos sentencias que se han hecho públicas este viernes, señala que una hora a la semana «no parece una carga lectiva irrelevante o, al menos, no se ha demostrado que en este tiempo sea imposible desarrollar un programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión católica».
El TS argumenta que «no se trata de si una asignatura se enseña durante más o menos horas sino de si las que se le asignan en la programación o en el currículo escolar son las necesarias para impartirla adecuadamente».
Y, en este punto, al tribunal le parece de «importancia determinante» que el propio Ministerio de Educación – «en cuyas manos están los principales resortes en materia de enseñanza»- haya asignado una hora semanal a esta materia en Ceuta y Melilla, territorios donde ejerce su competencia. «Si precisamente allí, donde existen importantes comunidades musulmanas, basta una hora semanal, con mayor razón deberá bastar donde no hay una presencia tan acusada de fieles de otras confesiones religiosas», razona el TS.
Y resuelve a favor a la Junta de Extremadura, al considerar que su decreto no discrimina.
El Alto Tribunal no comparte, sin embargo, que el Gobierno autonómico haya quitado la oferta de Religión católica en 2º de Bachillerato y le obliga a ponerla porque, en su opinión, no está debidamente justificada esta retirada.
La Junta defendía que, aunque es obligada su oferta en esta etapa educativa, esta exigencia ya quedaba satisfecha si se impartía en 1º. Pero el Supremo le recuerda que la Lomce «deja claro que los alumnos deben cursar en 2º de Bachillerato un mínimo de dos y un máximo de tres materias de entre las que relaciona, una de las cuales es Religión».
«Si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el Alto Tribunal. «Es decir, habrá que explicar que las características de esa regulación y programación son de tal naturaleza que justifican la ausencia de la Religión entre las asignaturas específicas dentro de las que los alumnos de 2º de Bachillerato han de efectuar su elección, y no encontramos en este caso esa justificación».
Religión islámica a partir del curso que viene
El Gobierno de Extremadura (PSOE) ha anunciado que, a partir del curso que viene, los colegios públicos impartirán también Religión islámica en los cursos de Primaria.
Estas clases se añadirán a las de Religión católica y evangélica, que ya se ofrecen desde hace años, en virtud de un nuevo convenio firmado con la comunidad musulmana, que en 1992 suscribió un acuerdo con el Estado para impartir esta materia parecido al que existe con el Vaticano.
La asignatura, eso sí, deberá ser solicitada por un mínimo de 10 alumnos por curso o por siglo para que se haga efectiva en los colegios. Los contenidos se regirán por el currículo establecido por el Ministerio de Educación, porque Extremadura no ha desarrollado uno propio.